jueves, 7 de agosto de 2014

ALCAMPO: NOTA INFORMATIVA CAJAS TIEMPO PARCIALES

Desde CCOO volvemos a rechazar las modificaciones que está haciendo la empresa, con la excusa de ajustarse a lo recogido en el artículo 12.5 del estatuto de los trabajadores y el art. 9.A2 del convenio.

Hemos notificado a la dirección de Alcampo, que las modificaciones que están realizando no se ajustan a la ley. La empresa está modificando unilateralmente e, incumpliendo cláusulas de contrato pactadas con los trabajadores/as.

También queremos recordar que el acuerdo de cajas de 1989 sigue vigente, por lo que se debe cumplir todo lo dispuesto en él, como todo lo relacionado con los horarios y la jornada de las trabajadores/as del sector de cajas.

En la estructura básica de tiempo parcial no se podrán modificar las rotaciones de los turnos, ni los horarios ya tienen establecidos. Tampoco podrán tener turnos partidos.
La jornada de trabajo tanto para la estructura básica como para la estructura variable no podrá ser inferior a cuatro horas diarias.

Aquellos trabajadores/as con calendarios mensuales, la empresa nos ha informado que “las horas complementarias se comunicarán en los calendarios mensuales, con entre 10 y 15 días de antelación al inicio del mes siguiente, si bien la empresa se reserva la posibilidad de comunicarlas con un mínimo de 3 días de antelación” tal como lo recoge el estatuto.
Por todo esto, hemos pedido a la empresa que respete las cláusulas de los contratos de los trabajadores/as.

Que la jornada ordinaria sea la media de las horas que se venía haciendo, y por tanto, las horas complementarias serán aquellas que estén por encima de esa media de horas.

Para cualquier duda o aclaración poneros en contacto con CCOO.


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