lunes, 29 de junio de 2009

GANADA SENTENCIA CONTRA ALCAMPO EN EL TRIBUNAL SUPREMO SOBRE LICENCIA POR HOSPITALIZACION

Esta sentencia del tribunal supremo sobre la licencia por hospitalización para familiares hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad en caso de parto.
Madrid 29/06/2009
La demanda que se puso en la audiencia nacional contra Alcampo sobre este tema y se gano, ha sido ratificada por el tribunal supremo ante el recurso planteado por la empresa y por la patronal ANGED.
La sentencia es importante ya que considera que hospitalizar es internar a una persona en un hospital para que reciba la asistencia medico-sanitaria que precisa, a efectos hospitalarios el ingreso de una parturienta es como cualquier enfermo que tiene por fin la asistencia médica.
Es más la sentencia interpreta que la mujer que es hospitalizada para parir sería discriminada por su sexo en caso de denegarle la posibilidad de que sus parientes la auxilien sin sufrir merma salarial, e iría en contra de lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley Orgánica de Igualdad entre mujeres y hombres.
Otro aspecto importante que resalta la sentencia es que manifiesta que es innecesario comunicar las características del parto, si ha sido normal o complicado, detalles que no puede reclamar la empresa.
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