
En cualquier caso la aplicación por parte de la empresa del Art 41 del ET nada tiene que ver con la sentencia del Tribunal Supremo. La empresa modifica los turnos y los horarios de los trabajadores/as porque le interesa tener esclavos, se lo facilita el convenio y el acuerdo que FETICO ha firmado en Intercentros.
El acuerdo firmado por FETICO dice entre otras “perlas”, que se puede establecer horarios entre las 5:00 horas y las 18:15 horas y entre las 11:45 horas y las 22:30 horas. Que los trabajadores y trabajadoras con turnos rotativos se les podrán establecer 12 días al año horarios de las 11:00 horas hasta las 21:00 horas. (esta firmado en un acta que puedes leer)
BASTA DE AGRESIONES A LOS/AS TRABAJADORES/AS DE ALCAMPO
¡¡NI UNA AGRESIÓN MÁS SIN RESPUESTA!!
SÁBADO 7 DE NOVIEMBRE, A LAS 13:00, 14:00 y 15:00 HORAS EN LA SALA DE REPOSO
LA ASAMBLEA de DOMINGO 29 de NOVIEMBRE
ResponderEliminarTRABAJADORES DE ALCAMPO A CORUÑA dieron su apoyo y respaldo mayoritario a las movilizaciones planteadas por el comité de empresa de forma UNITARIA y UNANIME
CONTRA LA IMPOSICIÓN DE HORARIOS
HUELGA LEGAL EL DÍA 05 / 12 / 09
CONCENTRACIONES:
TODOS LOS DOMINGOS DE DICIEMBRE A LAS 12:00Hrs
HUELGA EL DÍA 05 / 12 / 2009